Guía completa sobre la retención del 19% en rendimientos del capital mobiliario en 2026. Tramos reales, simulaciones con cifras exactas, diferencia entre bruto y neto, y cómo recuperar lo que Hacienda te retiene de más.
Este artículo tiene fines educativos y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta siempre con un asesor o con la web oficial de la Agencia Tributaria para tu situación concreta.
Índice de contenidos
- Qué son los rendimientos del capital mobiliario
- La retención del 19%: qué es y cuándo se aplica
- Los cinco tramos del ahorro en el IRPF 2026: tabla oficial con ejemplos
- Bruto vs neto: cuánto te queda realmente según tu saldo
- Cuándo la retención del 19% no es suficiente y debes pagar más
- Cuándo la retención del 19% es demasiado y te devuelven dinero
- Gastos deducibles que reducen el rendimiento a declarar
- Cuentas en bancos extranjeros: sin retención automática, ¿qué pasa?
- Cómo revisar que tu banco ha retenido bien
- Preguntas frecuentes
Qué son los rendimientos del capital mobiliario
Cuando un banco te paga intereses por tener dinero en una cuenta remunerada, un depósito a plazo fijo o cualquier otro producto de ahorro, Hacienda clasifica esos ingresos como rendimientos del capital mobiliario. No son salario, no son ganancias de bolsa: son una categoría fiscal propia que tiene sus propios tramos y su propio tratamiento en la declaración de la Renta.
A efectos del IRPF, la base imponible del ahorro está formada por los rendimientos del capital mobiliario —como los intereses obtenidos con depósitos a plazo fijo, cuentas de ahorro, dividendos, etc.— y las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones. Esta categoría tiene una escala impositiva propia, diferente y generalmente más baja que la de las rentas del trabajo.
Esto tiene una consecuencia práctica muy importante: los intereses de tu cuenta remunerada no se suman a tu nómina para calcular el IRPF. Tienen su propio «carril» fiscal. Si ganas 30.000 € al año trabajando y cobras 400 € de intereses, esos 400 € no tributan al tipo marginal de tu nómina (que podría ser el 30% o más), sino al tipo del ahorro, que para esa cantidad es el 19%.
Esto favorece al ahorrador, pero tiene sus propias reglas que conviene conocer bien.
La retención del 19%: qué es y cuándo se aplica
Según el cuadro oficial de tipos de retención del IRPF 2026 publicado por la Agencia Tributaria, la cesión a terceros de capitales propios —que incluye cuentas corrientes, depósitos financieros y cuentas remuneradas— está sujeta a una retención del 19% en origen.
Esto significa que cada vez que el banco te abona intereses, antes de ingresarte el dinero descuenta automáticamente el 19% y lo ingresa directamente en Hacienda en tu nombre. Tú recibes en cuenta el importe ya neto de esa retención.
El mecanismo funciona así:
- Tienes 20.000 € en una cuenta remunerada al 3,04% TAE.
- En un mes normal, el banco calcula los intereses diarios acumulados: aproximadamente 50,67 € brutos ese mes.
- Aplica la retención del 19%: descuenta 9,63 €.
- Te ingresa en cuenta: 41,04 € netos.
- Los 9,63 € van directamente a la Agencia Tributaria.
Este proceso es automático. No tienes que hacer nada. La retención del 19% es un pago a cuenta del impuesto definitivo que liquidarás en la declaración anual de la Renta. No es el impuesto final: puede ser exactamente suficiente, insuficiente (y tendrás que pagar más) o excesivo (y te devolverán).
Los cinco tramos del ahorro en el IRPF 2026: tabla oficial
Los tipos definitivos que se aplican sobre los rendimientos del capital mobiliario en la declaración de la Renta 2026 (correspondiente al ejercicio fiscal 2025) son los siguientes, según la Agencia Tributaria:
| Base liquidable del ahorro | Tipo impositivo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
Fuente: Agencia Tributaria, escala del ahorro ejercicio 2025 (Renta 2026). Kelisto, B100.
Hay dos aspectos críticos que muchos ahorradores malinterpretan:
Los tramos son acumulativos, no totales. Si tienes 10.000 € de rendimientos del ahorro en el año, no pagas el 21% sobre todo. Pagas el 19% sobre los primeros 6.000 € y el 21% sobre los 4.000 € restantes. Es el mismo principio que los tramos de la nómina.
La retención automática del 19% solo cubre el primer tramo. Los bancos aplican siempre el 19% independientemente de cuánto cobres. Si tus rendimientos superan los 6.000 €, la diferencia entre el 19% retenido y el tipo real (21%, 23%, 27% o 30%) la tendrás que pagar en la Renta. El banco no sabe cuántos intereses más tienes en otras entidades ni cuáles son tus plusvalías; solo conoce los suyos.

Bruto vs neto: cuánto te queda realmente según tu saldo
Esta es la pregunta que más le importa al ahorrador. Aquí tienes las simulaciones reales con los productos más habituales del mercado en julio de 2026:
Con cuenta remunerada al 3,04% TAE (Trade Republic)
| Saldo | Intereses brutos/año | Retención 19% | Intereses netos | TAE neta efectiva |
|---|---|---|---|---|
| 5.000 € | 152 € | 28,88 € | 123,12 € | 2,46% |
| 10.000 € | 304 € | 57,76 € | 246,24 € | 2,46% |
| 20.000 € | 608 € | 115,52 € | 492,48 € | 2,46% |
| 50.000 € | 1.520 € | 288,80 € | 1.231,20 € | 2,46% |
Con depósito al 3,25% TAE (Deutsche Bank España, 12 meses)
| Saldo | Intereses brutos | Retención 19% | Intereses netos | TAE neta efectiva |
|---|---|---|---|---|
| 10.000 € | 325 € | 61,75 € | 263,25 € | 2,63% |
| 30.000 € | 975 € | 185,25 € | 789,75 € | 2,63% |
| 50.000 € | 1.625 € | 308,75 € | 1.316,25 € | 2,63% |
Con Letras del Tesoro al 2,635% (subasta mayo 2026, 12 meses)
| Saldo | Intereses brutos | Retención* | Intereses netos |
|---|---|---|---|
| 10.000 € | 263,50 € | 50,07 € | 213,44 € |
| 30.000 € | 790,50 € | 150,20 € | 640,31 € |
| 50.000 € | 1.317,50 € | 250,33 € | 1.067,18 € |
*Las Letras del Tesoro no tienen retención automática. Se paga en la Renta del año siguiente.
Conclusión visual: Por cada 1.000 € de intereses brutos que cobras, Hacienda retiene 190 € automáticamente. Te quedan 810 € netos. Si tus rendimientos totales del ahorro en el año no superan los 6.000 €, esa retención del 19% es exactamente el impuesto final y no tienes que pagar nada más.

Cuándo la retención del 19% no es suficiente y debes pagar más
Hay situaciones en las que la retención del 19% aplicada por el banco se queda corta respecto al impuesto definitivo. Ocurre cuando el total de tus rendimientos del ahorro en el año supera los 6.000 €.
Ejemplo real con 80.000 € en cuentas y depósitos al 3% TAE:
- Intereses brutos totales del año: 2.400 €
- Retención aplicada por los bancos (19%): 456 €
- Impuesto definitivo (19% sobre 2.400 €): 456 €
- Resultado en la Renta: 0 € a pagar (ya está todo cubierto)
Ejemplo con 300.000 € distribuidos entre varios bancos al 3% TAE:
- Intereses brutos totales del año: 9.000 €
- Retención aplicada por los bancos (19% sobre 9.000 €): 1.710 €
- Impuesto definitivo real:
- 19% sobre los primeros 6.000 €: 1.140 €
- 21% sobre los 3.000 € restantes: 630 €
- Total impuesto: 1.770 €
- Diferencia a pagar en la Renta: 60 €
Como ves, la diferencia es pequeña pero existe. Si tienes importes grandes y rentas del ahorro superiores a 6.000 € anuales, el banco siempre retiene al 19%, pero en la Renta deberás liquidar la diferencia con el tipo del tramo correspondiente.
Cuándo la retención del 19% es demasiado y te devuelven dinero
Esta situación es más frecuente de lo que parece, especialmente entre personas con rentas bajas o con exenciones fiscales.
La retención del 19% puede ser excesiva en estos casos:
Si tus rendimientos totales del ahorro son muy bajos y pagas IRPF reducido. La base del ahorro tiene mínimos personales y familiares que pueden reducir la cuota. Si en el conjunto de tu declaración resultas con un tipo efectivo del ahorro menor al 19%, recuperarás la diferencia.
Si eres residente en Ceuta o Melilla. Tienes una deducción del 60% sobre la cuota del IRPF generada por rentas obtenidas en esos territorios.
Si tus intereses son muy pequeños y no llegas al mínimo de declaración. Si tus únicos ingresos son rendimientos del capital inferiores a 1.600 € y no tienes otros ingresos, técnicamente no estás obligado a declarar, pero si el banco retuvo el 19%, podrías recuperarlo presentando la declaración voluntariamente.
Cómo recuperar la retención excesiva: en la declaración de la Renta, declaras los rendimientos brutos. La AEAT calcula el impuesto definitivo. Si la retención ya pagada supera ese impuesto, la diferencia aparece como «a devolver» y Hacienda te la ingresa automáticamente.
Gastos deducibles que reducen el rendimiento a declarar
No todos los intereses que generas son base imponible íntegra. Hay gastos directamente relacionados con la obtención de los rendimientos que puedes deducir:
Gastos de administración y custodia. Si tu banco o bróker cobra comisiones de custodia o administración por los valores que generan los rendimientos, esos gastos son deducibles del rendimiento bruto. La cifra deducible es el importe real de las comisiones pagadas.
Importante: en las cuentas remuneradas sin comisiones (la mayoría de las opciones del mercado en 2026), este punto no aplica porque no hay gastos que deducir. Pero si tienes deuda pública a través de un bróker que cobra custodia, o un depósito en un banco que aplica comisiones, sí puedes descontarlos.
La AEAT aclara que los intereses de cuentas y depósitos se declaran por su importe íntegro, y los gastos de administración y custodia son deducibles. Están excluidos de deducción los gastos de gestión discrecional de carteras.
Cuentas en bancos extranjeros: sin retención automática, ¿qué pasa?
Esta es la diferencia más relevante para quienes tienen cuentas en Trade Republic, Revolut, N26, bunq o depósitos en Raisin: estos bancos no aplican retención española en origen.
Cobras el 100% bruto de los intereses en tu cuenta. Hacienda no recibe nada automáticamente. La obligación de declarar y pagar recae completamente sobre ti en la campaña de la Renta.
El proceso en la declaración:
- Recopila el certificado fiscal anual que te envía el banco extranjero (normalmente en enero o febrero del año siguiente).
- En la declaración de la Renta, accede al apartado de rendimientos del capital mobiliario —casilla 0027 según el modelo de Renta 2025— e introduce el importe bruto de los intereses.
- La AEAT calcula el impuesto. Como no has pagado ninguna retención previa, la diferencia resulta «a pagar» directamente.
- Pagas el importe en el plazo de la campaña de la Renta (hasta el 30 de junio de 2026 para la renta del ejercicio 2025).
Consecuencia práctica: con Trade Republic o Revolut disfrutas de liquidez total durante el año (cobras el bruto), pero en junio del año siguiente debes tener reservado el 19% de los intereses cobrados para pagarlo. Si no lo prevés, puede pillarte por sorpresa.
Estrategia recomendada: si tienes cuentas en bancos extranjeros sin retención, abre una hoja de cálculo sencilla o usa una nota en el móvil para ir anotando los intereses cobrados cada mes. Al final del año, el 19% de esa suma es lo que deberás a Hacienda.
Cómo revisar que tu banco ha retenido bien
Los bancos están obligados a enviarte antes del 31 de enero de cada año el certificado de retenciones e ingresos a cuenta, un documento que resume todos los rendimientos que te han pagado y las retenciones practicadas durante el ejercicio anterior.
Revisa siempre estos tres puntos en ese certificado:
1. Que el importe de rendimientos brutos cuadra con lo que has cobrado. Suma todos los abonos de intereses de tu cuenta durante el año y compara con el bruto declarado por el banco. Deben coincidir.
2. Que la retención es el 19% del bruto. Si el banco aplica un tipo diferente sin justificación, puede haber un error.
3. Que los datos del certificado coinciden con el borrador de la Renta de la AEAT. El banco comunica estas cifras a la AEAT y deben aparecer automáticamente en tu borrador. Si no aparecen o hay diferencias, comunícalo al banco antes de presentar la declaración.
Si tienes cuentas en varias entidades, recibirás un certificado de cada una. Súmalos todos antes de revisar el borrador de la AEAT, que también los consolidará automáticamente si todos los bancos han comunicado correctamente.
Preguntas frecuentes
¿El 19% de retención se aplica sobre el interés mensual o sobre el total anual?
Se aplica en cada abono. Cada vez que el banco te paga intereses —mensual, trimestral o anualmente según la entidad— aplica el 19% sobre ese importe en el momento del pago. Al final del año, el total retenido es la suma de todas las retenciones parciales, que equivale al 19% del total de intereses brutos del año.
¿Si tengo varios depósitos en el mismo banco, la retención se calcula sobre el total o por separado?
El banco calcula la retención del 19% sobre cada rendimiento de forma independiente en el momento de pagarlo. Lo que sí se consolida es el total al final del año para el cálculo del impuesto definitivo en la Renta: sumas todos los rendimientos de ese banco y la retención total debería ser el 19% del bruto total.
¿Puedo pedir al banco que no me retenga el 19%?
No. La retención del 19% sobre rendimientos del capital mobiliario es obligatoria por ley para las entidades financieras con establecimiento en España. El banco no puede eximirte de ella aunque se lo pidas. La única forma legal de no tener retención automática es usar entidades extranjeras sin sede en España, como Trade Republic o Revolut, que no están obligadas a retener en España.
¿Los rendimientos del capital mobiliario se suman a mi sueldo para calcular el IRPF?
No. Los rendimientos del capital mobiliario que provienen de la cesión de capitales a terceros (intereses de cuentas y depósitos) se integran en la base imponible del ahorro, que tiene su propia escala impositiva separada de la base general (donde va el sueldo). Tener 500 € de intereses no eleva el tipo impositivo que pagas sobre tu nómina.
¿Qué pasa si no declaro los intereses de mi cuenta remunerada?
Los intereses de bancos españoles ya están comunicados automáticamente a la AEAT por el banco. Si no los declaras y la AEAT los tiene en su poder, generará un requerimiento automático con recargos. Para los intereses de bancos extranjeros que no comunican a la AEAT, la responsabilidad de declarar es tuya. No declararlos es una infracción tributaria con posibles sanciones de entre el 50% y el 150% del importe no declarado, más los intereses de demora.
Conclusión: el 19% que el banco retiene es solo el primer paso
La retención del 19% que aplica el banco automáticamente es un mecanismo de adelanto fiscal, no el impuesto definitivo. Para la mayoría de ahorradores particulares —cuyas rentas del ahorro no superan los 6.000 € anuales— ese 19% es exactamente lo que deben pagar y no hay nada más que hacer.
La complejidad aparece en dos situaciones concretas: cuando tienes importes grandes que generan más de 6.000 € de intereses al año (donde pagarás algo más en la Renta por los tramos superiores), y cuando usas bancos extranjeros sin retención automática (donde debes reservar y declarar manualmente).
En todos los casos, la conclusión es la misma: una cuenta remunerada al 3,04% TAE genera una rentabilidad neta real del 2,46% TAE después de impuestos. Comparado con el 0,04% neto de una cuenta corriente estándar, la diferencia sigue siendo de más de 240 € netos al año con tan solo 10.000 €.
Para ver qué cuentas ofrecen la mejor rentabilidad neta una vez descontados impuestos, consulta nuestro [ranking de las mejores cuentas remuneradas en España de julio 2026].
¿Te ha resultado útil este artículo? También puede interesarte:
- [Cómo tributan las cuentas remuneradas en el IRPF — Guía completa]
- [Tramos del ahorro en el IRPF 2026: porcentajes y cómo te afectan]
- [¿Hay que pagar impuestos por las Letras del Tesoro?]
- [Cómo tributan los depósitos a plazo fijo en el IRPF]
Última actualización: julio 2026 · Fuentes: AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es), Kelisto, Raisin, B100, Holded · Información con fines educativos, no constituye asesoramiento fiscal.




